miércoles, 27 de noviembre de 2013

Conclusión acerca del tema.

Para finalizar el tema de este blog y, por consiguiente, el curso de este ciclo escolar no encontramos con la eterna interrogante ¿los transgénicos son buenos o malos? Bueno… creemos que la respuesta depende de los ojos a través de los que se mire la pregunta, por un lado, los productores de OGM y los amantes de estos productos hablaran maravillas de estos pero solo dejando claros sus beneficios sin tocar el tema de las desventajas y daños que causan, y por otro lado tenemos a los fervientes opositores de estos productos, como padres de familia informados, ciertos sectores del gobierno y los agricultores entre otros, los cuales atacaran a los OGM con uñas y dientes con tal de que no se comercialicen masivamente en sus comunidades o países (dependiendo del grupo del que se trate). El principal problema que encontramos fue la total falta de información por parte de la población o incluso autoridades acerca del tema, lo cual, los vuelve totalmente vulnerables a la manipulación de información y a los datos falsos, lo cual los puede confundir acerca de si apoyar o no a estos productos. Por nuestra parte buscamos mantenernos lo más imparciales posibles, ya que tenemos muy en cuenta ambas caras de la moneda con este tema: los beneficios y los problemas de los OGM. Finalmente agradecemos a los entrevistados y a la profesora por leer nuestra conclusión y nuestra opinión final.


¿Que beneficios sociales puede traer nuestro blog?

Uno de los principales beneficios de nuestro blog será la información que puede llevar a cientos de personas con un acceso libre de restricciones, gracias a esto, podrá ser visto por personas de todo el mundo de una forma relativamente fácil. Además, creemos que el lenguaje utilizado por nosotros en este blog es bástate simple y entendible por cualquiera, a diferencia de los blogs y páginas de información que tienen un público más especializado y va dirigido a este particularmente.

Mapa Conceptual sobre el tema


Entrevista a Mercaderes y a Supermercados

*  Mercaderes

1.- ¿Conocen el origen de sus productos?
 2.-¿Son productos transgénicos?


*Super Mercados


¿Cuales son las Virtudes y Beneficios de los OGM?

Como ventajas de los OGM podemos encontrar un variado número de aportaciones tanto a la salud, a la economía y a la calidad de vida humana, primero tenemos el favorecimiento de la productividad en los cultivos, ya que el coste de producción es menor, se evita la perdida de cultivos por plagas, se ahorra en mano de obra y se hacen innovaciones. Seguidamente tenemos la parte amigable con el Medio Ambiente ya que se usa una menor cantidad de insecticidas, se controla más eficazmente a las malas hierbas y plagas, se regula la utilización de aguas subterráneas y se disminuye el riesgo de salud para los consumidores. Además en el campo de la hibridación se sabe que se facilita la obtención de híbridos, se hace viable la obtención de frutos sin semilla y se acelera la etapa de floración de cientos de especies. Finalmente tenemos el desarrollo de los biorreactores que permiten la obtención de plásticos biodegradables, regeneran suelos contaminados a largo plazo y degradan compuestos orgánicos.


Sobre la declaracion de RIO

La Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo es una proposición1 de las Naciones Unidas (ONU) para promover el desarrollo sostenible, fue aprobada en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (CNUMAD), que se efectuó en Río de Janeiro del 3 al 14 de junio de 1992.
Proclama que:
PRINCIPIO 1 Los seres humanos constituyen el centro de las preocupaciones relacionadas con el desarrollo sostenible. Tienen derecho a una vida saludable y productiva en armonia con la naturaleza.

PRINCIPIO 2 De conformidad con la Carta de las Naciones Unidas y los principios del derecho internacional, los Estados tienen el derecho soberano de aprovechar sus propios recursos según sus propias politicas ambientales y de desarrollo, y la responsabilidad de velar por que las actividades realizadas dentro de su jurisdicción o bajo su control no causen daños al medio ambiente de otros Estados o de zonas que estén fuera de los limítes de la jurisdicción nacional.


PRINCIPIO 3 El derecho al desarrollo debe ejercerse en forma tal que responda equitativamente a las necesidades de desarrollo y ambientales de las generaciones presentes y futuras.

PRINCIPIO 4 A fin de alcanzar el desarrollo sostenible, la protección del medio ambiente deberá constituir parte integrante del proceso de desarrollo y no podrá considerarse en forma aislada.

PRINCIPIO 5 Todos los Estados y todas las personas deberán cooperar en la tarea esencial de erradicar la pobreza como requisito indispensable del desarrollo sostenible, a fin de reducir las disparidades en los niveles de vida y responder mejor a las necesidades de la mayoría de los pueblos del mundo.

PRINCIPIO 6 Se deberá dar especial prioridad a la situación y las necesidades especiales de los países en desarrollo, en particular los países menos adelantados y los más vulnerables desde el punto de vista ambiental. En las medidas internacionales que se adopten con respecto al medio ambiente y al desarrollo también se deberían tener en cuenta los intereses y las necesidades de todos los países.

PRINCIPIO 7 Los Estados deberán cooperar con espíritu de solidaridad mundial para conservar, proteger y restablecer la salud y la integridad del ecosistema de la Tierra. En vista de que han contribuido en distinta medida a la degradación del medio ambiente mundial, los Estados tienen responsabilidades comunes pero diferenciadas. Los países desarrollados reconocen la responsabilidad que les cabe en la búsqueda internacional del desarrollo sostenible, en vista de las presiones que sus sociedades ejercen en el medio ambiente mundial y de las tecnologías y los recursos financieros de que disponen.

PRINCIPIO 8 Para alcanzar el desarrollo sostenible y una mejor calidad de vida para todas las personas, los Estados deberían reducir y eliminar las modalidades de producción y consumo insostenibles y fomentar políticas demográficas apropiadas.

PRINCIPIO 9 Los Estados deberían cooperar en el fortalecimiento de su propia capacidad de lograr el desarrollo sostenible, aumentando el saber científico mediante el intercambio de conocimientos científicos y tecnológicos, e intensificando el desarrollo, la adaptación, la difusión y la transferencia de tecnologías, entre estas, tecnologías nuevas e innovadoras.

PRINCIPIO 10 El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda. En el plano nacional, toda persona deberá tener acceso adecuado a la información sobre el medio ambiente de que dispongan las autoridades públicas, incluida la información sobre los materiales y las actividades que encierran peligro en sus comunidades, así como la oportunidad de participar en los procesos de adopción de decisiones. Los Estados deberán facilitar y fomentar la sensibilización y la participación de la población poniendo la información a disposición de todos. Deberá proporcionarse acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos, entre éstos el resarcimiento de daños y los recursos pertinentes.

PRINCIPIO 11 Los Estados deberán promulgar leyes eficaces sobre el medio ambiente. Las normas, los objetivos de ordenación y las prioridades ambientales deberían reflejar el contexto ambiental y de desarrollo al que se aplican. Las normas aplicadas por algunos países pueden resultar inadecuadas y representar un costo social y económico injustificado para otros países, en particular los países en desarrollo.

PRINCIPIO 12 Los Estados deberían cooperar en la promoción de un sistema económico internacional favorable y abierto que llevara al crecimiento económico y el desarrollo sostenible de todos los países, a fin de abordar en mejor forma los problemas de la degradación ambiental. Las medidas de política comercial con fines ambientales no deberían constituir un medio de discriminación arbitraria o injustificable ni una restricción velada del comercio internacional. Se debería evitar tomar medidas unilaterales para solucionar los problemas ambientales que se producen fuera de la jurisdicción del país importador. Las medidas destinadas a tratar los problemas ambientales transfronterizos o mundiales deberían, en la medida de lo posible, basarse en un consenso internacional.

PRINCIPIO 13 Los Estados deberán desarrollar la legislación nacional relativa a la responsabilidad y la indemnización respecto de las víctimas de la contaminación y otros daños ambientales. Los Estados deberán cooperar asimismo de manera expedita y mas decidida en la elaboración de nuevas leyes internacionales sobre responsabilidad e indemnización por los efectos adversos de los daños ambientales causados por las actividades realizadas dentro de su jurisdicción, o bajo su control, en zonas situadas fuera de su jurisdicción.

PRINCIPIO 14 Los Estados deberían cooperar efectivamente para desalentar o evitar la reubicación y la transferencia a otros Estados de cualesquiera actividades y sustancias que causen degradación ambiental grave o se consideren nocivas para la salud humana.

PRINCIPIO 15 Con el fin de proteger el medio ambiente, los Estados deberán aplicar ampliamente el criterio de precaución conforme a sus capacidades. Cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razon para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del medio ambiente.

PRINCIPIO 16 Las autoridades nacionales deberían procurar fomentar la internalización de los costos ambientales y el uso de instrumentos económicos, teniendo en cuenta el criterio de que el que contamina debe, en PRINCIPIO, cargar con los costos de la contaminación, teniendo debidamente en cuenta el interés público y sin distorsionar el comercio ni las inversiones internacionales.

PRINCIPIO 17 Deberá emprenderse una evaluación del impacto ambiental, en calidad de instrumento nacional, respecto de cualquier actividad propuesta que probablemente haya de producir un impacto negativo considerable en el medio ambiente y que este sujeta a la decisión de una autoridad nacional competente.

PRINCIPIO 18 Los Estados deberán notificar inmediatamente a otros Estados de los desastres naturales u otras situaciones de emergencia que puedan producir efectos nocivos súbitos en el medio ambiente de esos Estados. La comunidad internacional deberá hacer todo lo posible por ayudar a los Estados que resulten afectados.

PRINCIPIO 19 Los Estados deberán proporcionar la información pertinente y notificar previamente y en forma oportuna a los Estados que posiblemente resulten afectados por actividades que puedan tener considerables efectos ambientales transfronterizos adversos, y deberan celebrar consultas con esos Estados en una fecha temprana y de buena fe.

PRINCIPIO 20 Las mujeres desempeñan un papel fundamental en la ordenación del medio ambiente y en el desarrollo. Es, por tanto, imprescindible contar con su plena participación para lograr el desarrollo sostenible.

PRINCIPIO 21 Debería movilizarse la creatividad, los ideales y el valor de los jóvenes del mundo para forjar una alianza mundial orientada a lograr el desarrollo sostenible y asegurar un mejor futuro para todos.

PRINCIPIO 22 Las poblaciones indígenas y sus comunidades, asi como otras comunidades locales, desempeñan un papel fundamental en la ordenación del medio ambiente y en el desarrollo debido a sus conocimientos y prácticas tradicionales. Los Estados deberían

martes, 26 de noviembre de 2013

Acerca de el Principio Precautorio

El principio precautorio Néstor A. Cafferatta

El principio precautorio ocupa actualmente una posición destacada en las discusiones sobre la protección del medio ambiente, siendo invocado también cada vez con mayor frecuencia al abordar cuestiones relativas a la salud humana, especialmente las que guardan relación con el campo de la seguridad alimentaria (Casagrande 2002: 285).
 El principio precautorio en la legislación Argentina La Ley General del Ambiente 25.675, sancionada el 06/11/2002, promulgada parcialmente por decreto 2413, B.O 27/11/2002, contiene una serie de principios de política ambiental, entre los que se destaca el principio precautorio. Así, en su artículo 4, lo enuncia de la siguiente manera: "Principio precautorio: Cuando haya peligro de daño grave o irreversible la ausencia de información o certeza científica no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces, en función de los costos para impedir la degradación del medio ambiente".

El principio precautorio a nivel internacional La Declaración de Río de Janeiro, aprobada por la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, en junio de 1992, consagró el Principio Precautorio, bajo el siguiente texto: "Principio 15: Con el fin de proteger el medio ambiente, los Estados deberán aplicar ampliamente el criterio de precaución conforme a sus capacidades. Cuando haya peligro de daño grave e irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del medio ambiente".1 Génesis y desarrollo del principio precautorio

El principio precautorio surgió en el derecho ambiental, se extendió posteriormente al derecho del mar y en los 90 a la problemática de biodiversidad. La primera expresión del principio de precaución2 surgió en los años 1970 con el Vorsorgeprinzip en el campo del derecho alemán del ambiente.3 El principio precautorio en el derecho comunitario europeo El artículo 174 del Tratado de la Unión Europea en su apartado 2º, reza así: "La política de la comunidad en el ámbito del medio ambiente tendrá como objetivo alcanzar un nivel de protección elevado, teniendo presente la diversidad de situaciones existentes en las distintas regiones de la Comunidad. Se basará en los principios de precaución y de acción preventiva, en el principio de corrección de los atentados al medio ambiente, preferentemente en la fuente misma y en el principio de que quien contamina paga".4 Un nuevo fundamento de la responsabilidad civil La notable jurista francesa, Geneviéve Viney destaca que "la teoría del riesgo creado ya aporta por el momento la protección necesaria para las víctimas de daños en el campo civil, aun cuando ello no obste a que en el futuro pueda acentuarse la necesidad de brindar una protección inclusive mayor, admitiendo la responsabilidad en supuestos de riesgos potenciales".5 Hemos señalado, en forma conjunta con Isidoro H. Goldenberg,6 que a los reparos que pueden esgrimirse contra la recepción del principio que nos ocupa, cabe replicar que se trata de un nuevo fundamento de la responsabilidad civil, sustentado en la función preventiva a fin de neutralizar amenazantes riesgos.

 Así, el principio de precaución, precautorio o de cautela, en tanto incrementa fuertemente el deber de diligencia, instaura una nueva dimensión tutelar en el instituto de la responsabilidad civil: el aseguramiento de riesgos que pueden ocasionar efectos calamitosos. Es que, como bien lo señala, con gran lucidez, Salvador Bergel: "En materia de responsabilidad en general, se ha operado una profunda evolución relacionada con los cambios en los riesgos. En el siglo XIX se la vincula al concepto de falta de previsión; en la primera mitad del siglo XX, lo que prevalece es la previsión de tipo universal, vinculándose los riesgos con estadísticas y probabilidades; es a partir de la segunda mitad de dicho siglo XX, con la aparición de los `megapeligros tecnológicos' y el denominado `riesgo global', derivados, por ejemplo, de la energía atómica y más recientemente de la ingeniería genética, que la prevención ya no es suficiente, debido a que nos encontramos frente a una incertidumbre, dudas fundadas sobre el daño que se puede provocar".7 Es así que, concluye este autor, el principio de precaución parte de la necesidad de establecer un cambio de percepción en cuanto al riesgo e implica actuar, aún en ausencia de evidencias científicas concretas, cuando razonablemente se estima que existe la posibilidad de un daño grave e irreversible. En ese sentido, Felipe Gonzalez Arzac8 enseña que "en un importante trabajo publicado en 1995 por la revista Droit et Societé, el profesor de la Universidad de San Luis (Bruselas) y Director del CEDRE (Centre d´étude du Droit de l´environnement) Francois Ost, ha descrito al derecho ambiental como un laberinto, en donde la falta de efectividad es el Minotauro (monstruo devorador) y el hilo de Ariadna (arma con que Teseo derrotó a aquél) es la responsabilidad". En este mismo trabajo, distingue: a) la responsabilidad (sanción de la falta, civil o penal, que satisface una exigencia ética); b) la responsabilidad como cobertura del riesgo, que, con independencia de la falta y la culpa, mira hacia la reparación de la víctima; c) la responsabilidad como prevención, que es el fundamento del principio de precaución; d) la responsabilidad-participación, que conduce a asegurar el reconocimiento de los derechos de información, concertación y de defensa de los derechos de incidencia colectiva". Elementos del principio precautorio Un especialista de derecho agrario, Luis Facciano,9 indica que "tres son los elementos que caracterizan al principio de precaución: a) la incertidumbre científica;10 b) la evaluación del riesgo de producción de un daño;11 c) el nivel de gravedad del daño: el daño debe ser grave e irreversible y sólo en este caso juega el principio de precaución.12 En coincidencia, Roberto Andorno13 predica que "teniendo en cuenta las normas nacionales e internacionales, pueden desde ya esbozarse tres requisitos: 1. Situación de incertidumbre acerca del riesgo. 2. Evaluación científica del riesgo. 3. Perspectiva de un daño grave e irreversible. Además de las tres condiciones esenciales mencionadas, el principio de precaución aparece habitualmente integrado por otros elementos, que podríamos calificar de accesorios, y que contribuyen a definir su perfil. Uno de ellos es la exigencia de proporcionalidad, que hace referencia al costo económico-social de las medidas a adoptar.14 Otra exigencia del criterio de precaución es la transparencia en la difusión de los riesgos potenciales de ciertos productos o actividades, así como en la toma de decisiones por parte de las autoridades."15 Es que como dijo con agudeza, Aída Kemelmajer de Carlucci,16 "el principio de precaución se aplica en todo aquello que supone resguardar derechos humanos y privilegia la hipótesis de que suceda lo peor, un daño irreversible, aún en un plazo muy largo". Por ello, Antonio Benjamín17 apunta que: "La necesidad de una tutela de anticipación, se impone de este modo, considerando la amenaza de que acaezcan daños graves e irreversibles cuya secuelas pueden propagarse en el espacio a través del tiempo. La falta de certeza científica acerca de la etiología de determinados procesos medioambientales y de los alcances de muchas relaciones ecológicas básicas contribuye a acentuar las dudas sobre el encuadramiento legal del ambiente como preciado bien jurídico. El deber de precaución obliga a tener en cuenta la probabilidad de importantes daños en la biosfera, situación que determina la exigencia de un mayor celo y cuidado ante la fundada sospecha de que se encuentre comprometida la integridad del medio ambiente". En cambio, Estrada y Aguilar adoptan una posición con reservas frente a este tema.18 Un motor del cambio para las actividades degradadoras El principio de precaución diferencia el derecho ambiental del resto de las disciplinas clásicas. Y constituye, a nuestro juicio, un principio estructural, de base, o vertebral de la novísima disciplina jurídica ambiental. Así lo señala, con razón, el jurista brasileño Antonio Benjamin,19 a quien seguimos en su exposición: "La transición del paradigma de la reparación para la prevención todavía se muestra insuficiente. Es necesario, entonces, entrar en un estadío de mayor sofisticación (y efectividad), pasar a la actuación de precaución. El principio de precaución responde a la siguiente pregunta: dada la incerteza científica sobre la peligrosidad ambiental de una actividad, ¿quién tiene la carga de probar su ofensividad o inofensividad? ¿El proponente del proyecto o el órgano público, en otras palabras, sospechado que la actividad traiga riesgo al ambiente

¿Debe el poder público asumir el prior de prohibirla (o regularla, imponiéndole patrones de seguridad riguroso), o diversamente, debe la intervención pública ocurrir solamente cuando el potencial ofensivo haya sido claramente demostrado por el órgano regulador o por los representantes no gubernamentales de intereses ambientales, amparados en un raciocinio de probabilidades o, en los términos del derecho civil codificado, en el régimen de previsibilidad adecuada?" "La precaución distingue el derecho ambiental de otras disciplinas tradicionales, que en el pasado sirvieron para lidiar con la degradación del medio ambiente _especialmente el derecho penal (responsabilidad penal) y el derecho civil (responsabilidad civil)_, porque estas tienen como prerrequisitos fundamentales certeza y previsibilidad, exactamente dos de los obstáculos de la norma ambiental, como la precaución procura apartar". "De otro lado, se inaugura una nueva fase para el propio derecho ambiental. Así ya no cabe a los titulares de derechos ambientales probar los efectos negativos (ofensividad) de emprendimientos llevados a la apreciación del bien público, como en el caso de instrumentos afiliados al régimen de simple prevención, por ejemplo, el estudio de impacto ambiental, por razones varias que no podemos aquí analizar (la disponibilidad de informaciones, cubierta por secretos industrial es apenas una de ellas), se impone a los degradadores potenciales la carga de probar la inofensividad de la actividad propuesta". "En nuestro prisma, la precaución es el motor del cambio radical que el tratamiento de actividades potencialmente degradadoras viene sufriendo en los últimos años. Afirmándose la tesis, inclusive en el plano constitucional, de que hay un deber genérico y abstracto de no degradar el medio ambiente, se invierte, en el campo de esas actividades el régimen jurídico de ilicitud, ya que en las nuevas bases éstas se presumen hasta que se pruebe lo contrario". Un enfoque de prudencia y vigilancia Álvaro Luis Valery Mirra20 señala que "la implementación del principio precautorio debe ser privilegiada a la prevención de riesgos de ocurrencia de daños graves e irreversibles, mismo ante la incertidumbre científica que pueda existir en lo tocante a los efectos nocivos de las conductas o actividades cuestionadas sobre el medio ambiente. La consagración del principio precautorio lleva a la adopción de un enfoque de prudencia y vigilancia en la aplicación del derecho ambiental en conductas y actividades efectiva o potencialmente lesivas para el medio en detrimento del enfoque de tolerancia". En ese sentido, Roberto Andorno21 apunta que "el principio de precaución supone situaciones en las que el gobernante debe ejercer la prudencia a fin de tomar decisiones sobre determinados productos o actividades de los que se sospecha, con un cierto fundamento, que son portadores de riesgo para la sociedad pero sin que se tenga a mano una prueba definitiva y contundente de tal riesgo. En tales supuestos, la autoridad debe hacer un esfuerzo de prudencia, es decir, de una adecuada apreciación de las circunstancias del caso, para lograr el equilibrio entre dos extremos: por un lado, el temor irracional ante lo novedoso por el sólo hecho de ser novedoso, y por el otro lado, una pasividad irresponsable ante prácticas o productos que pueden resultar gravemente nocivos para la salud pública o el medio ambiente". Peligro y seguridad de las generaciones futuras Paulo A. Lemme Machado22 sostiene que en caso de certeza de daño ambiental, debe ser prevenido como lo preconiza el principio de prevención; pero en caso de duda o incertidumbre, también debe ser prevenido.

Ésta es la gran innovación del principio de precaución. La duda científica, expresada con argumentos razonables, no dispensa la prevención. No es necesario que se tenga prueba científica absoluta de que ocurrirá un deterioro, bastando el riesgo de que éste pueda ser grave e irreversible, para que no se deje de disponer medidas efectivas de protección al medio natural. Cristiani Derani23 dice que el principio de precaución está ligado a los conceptos de la aparición de peligro y seguridad de las generaciones futuras, como también de sustentabilidad ambiental de las actividades humanas. Así, se procura prevenir no sólo la ocurrencia de daños al medio ambiente, como asimismo y más específicamente, el propio peligro de ocurrencia de daños. Por la precaución se protege contra los riesgos. Por último, de un análisis léxico, resulta que el vocablo precaución, según Édis Milaré,24 es sustantivo de verbo precaverse (del latín prae, antes y cavere, tomar cuidado) y sugiere cuidados anticipados, cautela para que una actitud o acción no venga a dar como resultado efectos indeseables.

Información recabada de otros blogs, acerca de este tema

Todo es transgénico” por: http://temibledani1lga.blogspot.com/2013/06/milenio20130630sd.html

Investigadores de Estados Unidos, Europa y Japón han realizado la primera comparación entre las secuencias de ADN del tomate doméstico y sus primos silvestres. Mostraron los cambios genéticos que tuvieron lugar con la domesticación. Esos resultados "podrían ayudar a criar nuevos rasgos en el tomate o en otros cultivos", dice Julin Maloof, del College of Biological Sciences de la Universidad de California en Davis, y autor principal del estudio publicado este 24 de junio en los Proceedings of the National Academy of Sciences.

Al conocer la secuencia genética de los parientes silvestres, se podrían trasladar rasgos deseables para el consumidor. La comparación entre la variedad doméstica y las silvestres "muestra los efectos de cuellos de botella evolutivos, tanto en la domesticación original en Sudamérica, como después cuando los tomates fueron llevados para su cultivo a Europa", hace notar Maloof. Recordemos que entre las muy escasas aportaciones del continente americano a la alimentación de hoy día están el tomate y la papa, ambos sudamericanos y domesticados en la región de Perú-Ecuador-Bolivia.
 El tomate tardó en ser aceptado por los europeos porque la planta tiene aspecto de maleza y sus frutos no tenían el buen aspecto de hoy. "Entre otros hallazgos, los genes asociados al color del fruto mostraron una rápida evolución entre los tomates domesticados rojos y sus parientes verdes y silvestres. Los idiomas ofrecen idea de cuánto varió el aspecto del tomate: los italianos vieron un pomo d’oro, "manzana de oro" y pronto lo incorporaron a su cocina: es raro el guiso italiano sin tomate.

 Las combinaciones genéticas en clima mediterráneo fueron de gran éxito, para la planta y para las cocinas. El trigo, la cebada y el centeno fueron domesticados hace unos 10 mil años, a partir de hierbitas silvestres con espigas minúsculas, en la región conocida como Creciente Fértil, por su forma de luna en cuarto creciente, donde están hoy Irak, Siria, Líbano y norte de Israel. La aportación de Eurasia a la alimentación es inmensa: todo el súper. La de América es una de las más reducidas: papa, tomate y maíz, organismos genéticamente modificados.

El maíz es un teosinto OGM. De la rápida dispersión del mango ofrece un dato García Márquez en el prólogo de El general en su laberinto. En el original hacía que Bolívar se indigestara de mangos. No los había en América, le señalan historiadores, llegaron de Asia. ¿No estaba llena de mangos silvestres la Barranca de Huentitán en 1821? No, ni un árbol. Algunos rasgos silvestres resultan de enorme interés para futura modificación genética del tomate.

 El Solanum pennellii, que crece en hábits desérticos, tuvo una evolución acelerada en los genes relacionados con tolerancia a la sequía, al calor y a la salinidad. Allí tiene Monsanto un tesoro de genes para ofrecer pronto variedades de tomate más adaptadas al clima de Sonora y no sólo a la tomatera Sinaloa. "Nuevas tecnologías están dando a los biólogos habilidad sin precedentes para ver todos los genes de un organismo, y no sólo un puñado elegido. Los investigadores estudiaron no sólo al ADN de las plantas, sino también su ARN mensajero transcrito desde diversos genes. La transcripción de ARN es el proceso que transforma la información de los genes en actos. Si la secuencia de ADN es la lista de partes para hacer una planta de tomate, las transcripciones a ARN mensajero son las instrucciones paso-a-paso", señalan los autores. La co-autora Neelima Sinha, señala que el equipo avanzó a partir de que la Genómica ya ofrece análisis gen por gen que tomaron años en ser completados. "No podríamos haber hecho un estudio como éste hace diez años, o no ciertamente con ningún tipo de presupuesto razonable", añade Maloof. "Esto abre muchas nuevas cosas que podemos hacer como científicos de plantas".

Efectos de los transgénicos y rotulación adecuada” por: http://agriculturablogger.blogspot.mx/2013/11/ogm-significado-real-de-la-ley-de.html

Diversos estudios demuestran resultados preocupantes en relación con los efectos adversos de los Transgénicos sobre el ser humano y el medio ambiente, razón por la que siete estados miembro de la Unión Europea prohíben su cultivo.

 La investigación desarrollada en la universidad francesa de Caen sobre el efecto crónico en ratas alimentadas con maíz transgénico y agua contaminada con glifosato demostró que presentaban tumores que acortaban su vida. El glifosato es el principio activo del herbicida Roundup (nombre comercial del producto de la empresa Monsanto), utilizado en la mayoría de los cultivos transgénicos.

 En este contexto, precisa Raúl Quinteros, la ciudadanía debe estar informada, "para lo que se debe rotular debidamente los alimentos. Esto es un requisito en la Unión Europea, Japón, Malasia Australia y 64 países". Pese a que en Chile hay diversas iniciativas en trámite en el senado respecto a la obligatoriedad de etiquetar estos productos, aún ninguna se ha concretado.

Hasta hoy solo se permite en el país el cultivo de semillas transgénicas para exportación, pero dada la contaminación por polen transgénico entre las regiones de Valparaíso y el Bío Bío, la actividad apícolay agraria cercana a cultivos de raps y de maíz se ha visto afectada, peligrando asimismo el patrimonio genético al interior de parques nacionales y reservas.

"Estas semillas son tratadas con insecticidas neonicotinoides que son mortales para las abejas, por lo que desde este año han sido prohibidas en Europa, pero en Chile es legal usarlas". Asimismo, se ha provocado la contaminación de la miel chilena, impidiéndose su venta como orgánica en Europa.

Entrevista a expertos en el tema

Dr. Gilles-Eric Séralini, experto de la Comisión Europea en transgénicos. Tengo 49 años. Nací en Argelia y vivo en Caen (Francia), donde soy catedrático de Biología Molecular. Estoy casado y tengo dos hijos. Me preocupan el medio ambiente y la salud a largo plazo, soy especialista en toxicidad de variedades transgénicas y herbicidas. Soy cristiano

 ¿Es usted un radical de lo natural?
En absoluto, pero mi profesión es la investigación en biología molecular, cómo se hacen los organismos genéticamente modificados (OGM) y qué efectos tienen en la salud cuando los ingerimos.

 ¿Y?
Sabemos que el cáncer, las enfermedades hormonales, metabólicas, inmunitarias, nerviosas y reproductivas están relacionadas con los agentes químicos que contienen.

¿Cuántos tipos de transgénicos hay?
 Soja, maíz, algodón y colza. Las semillas llevan incorporado el veneno para los insectos. Las de maíz y soja contienen Roundup, el mayor herbicida del mundo.

¿Hay muchos alimentos que contengan soja o maíz?
Sí, todos los que contienen por ejemplo azúcar de maíz (sodas, bebidas de cola, pastelería, salsas, bombones, caramelos, chocolate…). Y los animales que nos comemos que han sido alimentados con maíz transgénico (pollo, vaca, conejo, cerdo, leche, huevos…).

¿En qué dosis son peligrosos?
No lo sabemos, porque no se han hecho los test adecuados; sólo sabemos que nos hacen daño a largo plazo. En general, impiden que los órganos y las células funcionen bien.

Pero se han hecho test con ratas.
 Sí, pero los resultados son confidenciales.

¡Pero qué dice!
 Anormal, ¿verdad?… Hay que pedir a los gobiernos de Europa que hagan públicos estos análisis; y, cuando lo hagan, muchos debates ya no tendrán sentido porque serán evidentes los efectos de los OGM. Yo soy uno de los cuatro expertos que han trabajado para la Unión Europea en el conflicto que se debate en el marco de la Organización Mundial del Comercio entre Estados Unidos y Europa para etiquetar los OGM.

¿Europa es reticente a los OGM?
 La UE ha pedido los resultados de las pruebas a las compañías para aceptar o no la comercialización de estos productos, pero las compañías dicen que son confidenciales, cuando según la ley de la UE deberían ser públicos. Ya hemos ganado algún juicio contra Monsanto demostrando los efectos nocivos de los OGM que pudimos analizar.

Cuénteme.
 Para saber si los OGM son tóxicos, se hacen los mismos test en todo el planeta; se les da a las ratas dos dosis de maíz transgénico durante tres meses y se les hacen dos análisis de sangre, a las cinco semanas y a los tres meses. Los resultados fueron: aumento de grasa en sangre (del 20% al 40%), de azúcar (10%), desajustes urinarios, problemas de riñones y de hígado, precisamente los órganos de desintoxicación.

 Suena fatal.
En España hay 100.000 hectáreas dedicadas al cultivo de maíz transgénico (casi todo en Catalunya), es la puerta de entrada de los OGM a Europa. Usted también ha realizado investigaciones recientemente. Sí, sobre los efectos del Roundup (el mayor pesticida del mundo, utilizado en tres cuartos de los transgénicos) en células humanas: directamente las mata.

 Eso es grave.
 Los expertos pedimos dos años de test sobre animales en laboratorio, tal como se hace con los medicamentos; pero entonces los OGM no son rentables. Hay un gran combate político y económico sobre este tema, y hay que decírselo a la gente: no nos permiten ver esos análisis de sangre ni conseguimos hacer el test más allá de tres meses. Esto es un escándalo escondido por las grandes compañías.

¿Tan poderosas son estas empresas que los gobiernos no puede detenerlas? Es el mayor desafío financiero que jamás ha existido. Hay cuatro plantas que alimentan al mundo a nivel intensivo: soja, maíz, arroz y trigo. Las compañías registran patentes sobre las plantas de estos alimentos gracias a los OGM. Quien tenga las patentes y cobre royaltis cada vez que alguien las coma o cultive en el planeta será el rey del mundo; por eso las grandes empresas farmacéuticas han empezado a hacer OGM.

 Qué miedo.
Las ocho mayores compañías farmacéuticas son las ocho mayores compañías de pesticidas y de OGM. Monsanto tiene el 80% de la biotecnología del mundo.

¿Y por qué lo permiten los gobiernos?
Hace quince años, todos los gobiernos de los países industrializados apostaron en el desarrollo de la industria de la biotecnología, donde se ha invertido mucho dinero público. Los gobiernos saben que hay problemas con los OGM, pero si consiguen y publican los resultados de los análisis, resultará que todo lo autorizado hasta el momento ha sido un error de graves consecuencias.

… Lo que hundiría cualquier gobierno. Exacto. Aun así, jamás un OGM ha sido autorizado por los ministros de Medio Ambiente de Europa.

 ¿Por qué los científicos no presionan?
Ni siquiera uno de cada 10.000 tiene acceso a los datos. Yo hace nueve años que leo todos los informes europeos y americanos de controles sanitarios de OGM, y los únicos que hacen test son las propias compañías.

Usted los hace.
Pocos, son carísimos. Se debería exigir a las compañías que los análisis los realizaran universidades públicas en lugar de las empresas privadas a sueldo de las compañías.

Argumentos de los "Actores Involucrados" en cuanto a los OGM

Autoridades sanitarias: enfrentarían un grave conflicto al intentar resolver la problemática de salud que enfrentarían los consumidores

Empresas productoras: adquirirían grandes ganancias económicas al vender muchos productos y tendrían un incremento grande de ventas por todo el mundo, a ellos les conviene la venta de estos productos

Empresas distribuidoras: como en el caso anterior, se beneficiarían enormemente de la venta de estos productos, tanto económica como políticamente.

Comerciantes: esto depende de donde obtengan estos comerciantes los productos orgánicos que comercian, si los obtienen de agricultores convencionales sufrirían perdidas enormes pero si los obtienen de productores masivos de OGM tendrían beneficios.

Agricultores: sin duda son unos de los más afectados negativamente, esto se debe a la perdida en la venta de sus productos debido al cambio en la alimentación del ser humano, prefiriendo ahora a los OGM.

Consumidores: obtendrán alimentos a menores precios y a mayor cantidad pero que tendrán repercusiones (a veces graves) en su salud a largo plazo, además de que el medio natural por el que están rodeados tendrá grandes cambios

Autoridades en economía: tendrán un reto cuando tengan que ayudar a la parte de la población que sufrió un desbalance económico debido al incremento en las ventas de los OGM.

¿Que aspectos de la sociedad entran en juego?

Problemas de salud, alteraciones a la economía, afectaciones a la salud de los consumidores, afectaciones a la economía de pequeños grupos como agricultores, cambios al medio ambiente que rodea a los seres humanos, cambios en el comportamiento de la fauna que rodea al ser humano.


¿Cuales son los actores involucrados en este tema?

Autoridades sanitarias
Empresas productoras
 Empresas distribuidoras
 Comerciantes
 Agricultores
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Medio natural


¿Que importancia tiene para la comunidad?

Tiene amplia importancia debido al acelerado crecimiento en la distribución global de estos productos y, por ende, el elevado riesgo de salud que supone a toda la población consumidora de los mismos, además de todos los riesgos citados anteriormente. Claro, las ventajas que traen los OGM son bastantes y variadas pero los problemas que ocasionan pueden terminar en tragedia para muchas poblaciones humanas y animales.

Nuestra opinión acerca del tema

Creemos que los temas tratados en este parcial y por tanto en este blog son de suma importancia para la comunidad mundial, ya que la distribución de estos productos ha llegado a esta escala. El problema para distribuir información acerca de este tema es el desinterés del público por saber qué está pasando con los productos que adquieren día a día, por quien los hace y de donde vienen, de aquí deriva directamente la cuestión ¿repercutirá este blog en la perspectiva que le de la población a los OGM? Nosotros creemos que no. Principalmente por la falta de atención que se tiene a este tema no solo por parte de la población, sino incluso por parte del gobierno que no le da seguimiento a la problemática de los OGM, si no se tiene en cuenta a la problemática menos se va a tomar en cuenta una opinión acerca de esta.

México en los OGM

Aparentemente, nuestro país ha asumido una posición bastante imparcial en este campo, ya que no se tiene una conciencia total de lo que estos organismos significan para nuestra sociedad. A lo largo de la historia de los OGM, nuestro país ha tenido una participación mínima tanto en su producción como en su distribución. Solo en la última década se ha visto un incremento en estas áreas pero siguen siendo valores mínimos, la única empresa mexicana que ha empleado estos organismos en sus productos de manera total ha sido MASECA, pero esta sigue dependiendo de la compra a empresas de transgénicos más grandes y por tanto no puede considerarse como un productor de OGM 100% mexicano. La postura de los científicos mexicanos (o cuando menos de la mayoría) es firme y clara: los OGM no deben ser el alimento dominante en la dieta del ser humano o de ninguna otra especie, su producción debe ser regulada.

¿Que le depara el futuro a los OGM?

El futuro de los OGM es realmente incierto, por un lado, van adquiriendo popularidad alrededor del mundo por los beneficios de los que presumen y por otro son altamente criticados por ciertos factores de la sociedad, los cuales argumentan que los riesgos a la salud que provocan estos productos pueden ser de gravedad. En nuestro país se han aprobado reformas para regular la producción de estos productos con ciertas restricciones para distribuirlos, esto con el afán de cuidar la economía de pequeños productores.

¿Cual es la actualidad de los OGM?

Actualmente, los OGM están abriéndose paso dentro del mercado de productos alimenticios alrededor del mundo, principalmente en las sociedades de primer mundo que son capaces de desarrollar la tecnología para producirlos. Aunque claro, también los países menos desarrollados tienen un (limitado) acceso por medio de la importación del extranjero. Actualmente los OGM están teniendo un enorme avance en cuanto a las técnicas para desarrollarlos, permitiendo así un crecimiento más veloz, mayor resistencia a plagas y una cantidad enorme de producto vendido alrededor del mundo. Por último, cabe destacar que los OGM actualmente tienen una enorme cantidad de opositores que se rehúsan firmemente a aceptar estos productos en las tiendas de sus países, esto por los conocidos riesgos sanitarios que pueden ocasionar los OGM con su consumo.


¿Que ventajas y desventajas tienen los OGM?

Como ventajas de los OGM podemos encontrar un variado número de aportaciones tanto a la salud, a la economía y a la calidad de vida humana, primero tenemos el favorecimiento de la productividad en los cultivos, ya que el coste de producción es menor, se evita la perdida de cultivos por plagas, se ahorra en mano de obra y se hacen innovaciones. Seguidamente tenemos la parte amigable con el Medio Ambiente ya que se usa una menor cantidad de insecticidas, se controla más eficazmente a las malas hierbas y plagas, se regula la utilización de aguas subterráneas y se disminuye el riesgo de salud para los consumidores. Además en el campo de la hibridación se sabe que se facilita la obtención de híbridos, se hace viable la obtención de frutos sin semilla y se acelera la etapa de floración de cientos de especies. Finalmente tenemos el desarrollo de los biorreactores que permiten la obtención de plásticos biodegradables, regeneran suelos contaminados a largo plazo y degradan compuestos orgánicos. Y como desventajas nos encontramos, primeramente, con el enorme riesgo que implican estos organismos en contra de la salud humana, se sabe que gran parte de estos productos son creadores de alergias si se consumen a largo plazo, además de crear resistencias a los antibióticos en los organismos que los consumen, también se han encontrado casos mientras se realizan pruebas en los que animales alimentados con estos productos alteran su conducta de manera radical e incluso sufren una muerte prematura. También, es muy conocida la alteración del medio natural que causan los cultivos de estos productos ya que la resistencia a plagas que poseen cambian la alimentación de especies endémicas, de igual forma tienden a erosionar el suelo a un ritmo más acelerado, dejando la tierra limpia de nutrientes. Otro problema a tomar en cuenta es la alteración a la economía que estos productos causan, ya que su acelerada producción junto al bajo costo hace que estos productos adquieran prácticas monopólicas en su compra-venta, dejando a los agricultores locales con ganancias menores o incluso llevándolos al desempleo total.

Encuesta "Alimentos Transgenicos en la sociedad"

Preguntas:
1. ¿Qué entiendes por alimentos transgénicos?
2. ¿Consideras que son malos o buenos para la salud?
3. ¿Te agrada el que estos productos se produzcan en nuestro país?
PERSONA 1
1 Son alimentos a los que se les da algún tipo de alteración para mejorarlos
2 Yo creo que son buenos, ya que los mejoran para ser mas nutritivos
3 Tal vez si, puede mejorar la economía
PERSONA 2
1 Alteran vegetales mezclándolos entre ellos para hacerlos más resistente y nutritivos
2 Posiblemente sean malos, alterar condiciones naturales de un ser vivo no es lo mejor
3 Si, traen beneficios económicos
PERSONA 3
1 Son aquellos alterados genéticamente para agregarles ciertas cualidades distintas a lo natural
2 Son malos por que el alterar su estado natural trae alteraciones a la salud de los consumidores
3 No, alterarían la producción de los agricultores más modestos
PERSONA 4
1 Alimentos que alteran mas hacerlos más grande y nutritivos
2 Son mejores por ser mas nutritivos
3 Tal vez porque la población tendría una mejor alimentación
PERSONA 5
1 Son alimentos orgánicos con mas nutrientes y mas resistentes
2 Buenos por ser mas nutritivos
3 Si, por que al producirse aquí pueden venderse
PERSONA 6
1 Aquellos que modifican para darle nuevas características
2 Malos por que modificar su estado natural debe ser dañino para el alimento
3 No, alteraría la alimentación de la población
PERSONA 7
1 No tengo la más mínima idea, a lo mejor son los alterados para hacerlos mejores
2 Me imagino que buenos
3 Mejorarían a la agricultura nacional
PERSONA 8
1 Parece ser que alteran alimentos o incluso animales para combinarlos con otros
2 Son malos, jugar con la genética no le corresponde al humano
3 Creo que mejorarían la economía del país hasta cierto punto
PERSONA 9
1 Combinan genes de productos como vegetales y animales comestibles
2 Pueden ser buenos, ya que si los alteran debe ser para mejorarlos
3 Tal vez no sea bueno, dejarían sin trabajo a mucha gente
PERSONA 10
1 Alteran ciertas características a nivel genético de vegetales
2 Son malos, dañan la salud del consumidor
3 Mejorarían la economía pero son malos para la salud
PERSONA 11
1 Cambian características genéticas de los alimentos
2 Son buenos, traen beneficios a la nutrición
3 Cambiarían la situación de hambruna en el país
PERSONA 12
1 Aquellos que modifican para darle nuevas características
2 Malos por que modificar su estado natural debe ser dañino para el alimento
3 No, alteraría la alimentación de la población
PERSONA 13
1 Son aquellos alterados genéticamente para agregarles ciertas cualidades distintas a lo natural
2 Son malos por que el alterar su estado natural trae alteraciones a la salud de los consumidores
3 No, alterarían la producción de los agricultores más modestos
PERSONA 14
1 Combinan genes de productos como vegetales comestibles
2 Pueden ser buenos, ya que si los alteran debe ser para mejorarlos
3 No es bueno, dejarían sin trabajo a muchas agricultores
PERSONA 15
1 Alterar alimentos o incluso animales para combinarlos con otros y hacer sus productos derivados mejores
2 Son malos, jugar con la genética de ese modo es malo
3 Creo que mejorarían la economía del país hasta cierto punto, pero degradarían la moral
PERSONA 16
1 Son alimentos con características distintas a los naturales
2 Son buenos por que los alteran para ser más saludables
3 Mejoraría la dieta de los mexicanos
PERSONA 17
1 Son productos alterados para hacerlos de mayor tamaño
2 Son malos, leí que producen alergias fácilmente
3 No es conveniente porque alterarían la salud de miles
PERSONA 18
1 Cambian características genéticas de los alimentos
2 Pueden ser buenos para la nutrición
3 Me agrada la idea por los beneficios que pueden traer
PERSONA 19
1 Son aquellos alterados genéticamente para agregarles ciertas cualidades
2 Me parece que perjudicarían al desarrollo adecuado de los menores
3 No creo que tengan cabida en nuestra dieta
PERSONA 20
1 Aquellos que modifican para darle nuevas características
2 Mejoran la nutrición humana
3 Sería mejor que comercializaran estos a comparación con los alimentos naturales, son mas nutritivos pero dudo del precio

¿Que riesgos podemos correr por consumirlos?

Los alimentos transgénicos contraen alteraciones en la salud humana y ambiental, el peligro que puede contraer en el cuerpo humano es que aparte de dañar la salud te afecta en varias partes del cuerpo daña la salud y es muy complicada la infección que un alimento transgénico te puede dañar, te pueden causar la muerte se han hecho pruebas con rata a las cuales les dieron de comer productos transgénicos a dichas ratas les aparecieron tumores cancerígenos.


¿Como los regula el gobierno?

La Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados (LBOGM), llevó un largo proceso hasta que entró en efecto en 2005. La LBOGM tiene por objeto regular las actividades de utilización confinada, liberación experimental, liberación en programa piloto, liberación comercial, comercialización, importación y exportación de organismos genéticamente modificados, con el fin de prevenir, evitar o reducir los posibles riesgos que estas actividades pudieran ocasionar a la salud humana o al medio ambiente y a la diversidad biológica o a la sanidad animal, vegetal y acuícola (Art. I, LBOGM). Para ello, establece las bases para el funcionamiento de la Comisión Intersecretarial de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados (CIBIOGEM), a través de la cual las Secretarías que la integran deben colaborar de manera coordinada, en el ámbito de sus competencias, en lo relativo a la bioseguridad de los OGMs (Art. 2, Fracción 5, LBOGM). La LBOGM, contiene artículos tanto para regular el riesgo que entrañan los OGMs como para establecer que deben ser objeto de fomento por parte del Estado favoreciendo su proliferación

Sus efectos a largo plazo...

Una vez liberados al medio ambiente los transgénicos no se pueden controlar. La contaminación genética pone en peligro variedades y especies cultivadas tradicionalmente, y es irreversible e impredecible, no se puede volver a la situación de partida. Las variedades transgénicas pueden contaminar genéticamente a otras variedades de la misma especie o a especies silvestres emparentadas. Por ejemplo, en México, el centro de diversidad y origen mundial del maíz, los maíces transgénicos importados de Estados Unidos están contaminando las variedades tradicionales.

lunes, 25 de noviembre de 2013

¿Actualmente que variedad de OGM existen?

Se conocen una gran variedad de organismos modificados genéticamente (OGM), los más significativos son los relativos al maíz y a la soja, entre otros los correspondientes al maíz (Bt-176, Bt-11 , Mon-810, Ga21) y uno a la soja (RR-soja).Los cinco están autorizados en la UE si bien para productos destinados a la alimentación humana sólo se admiten dos: el RR-soja y el Bt-176. Bt-11 y Mon-810 son los más cultivados.

Primeramente...¿Que entendemos por Organismos Geneticamente Modificados?

Los organismos genéticamente modificados (OGM) son organismos a los cual se les ha modificado su ADN agregando genes de otro organismos similar o incluso diferente puedes incluso de otro reino natural; en pocas palabras los OGM son seres vivos nuevos, inéditos en la naturaleza y poseen información genética que no existía en su especie.